Obligaciones legales de una empresa en colombia

Coyuntural Arranca bien el año Obligaciones legales de una empresa en Colombia Sabemos que todos los founders y C-levels de las startups en Colombia quieren empezar el 2023 con el pie derecho. Eso implica seguir metiéndole todo a sus modelos de negocio, levantar capital, pivotar, o todo lo que es característico de este tipo de empresas. Sin embargo, también deben estar al día con sus obligaciones legales, es por esto que Phylo te trae una lista de las obligaciones empresariales para tener en cuenta para que este año no se tropiecen con nada en el área legal. Vamos a revisar cuáles son: Reunión ordinaria de la asamblea de accionistas Es una obligación de las empresas en Colombia (que como sabemos la gran mayoría están bajo la figura de Sociedad por Acciones Simplificada o SAS) tener una reunión dentro de los tres primeros meses Reunión ordinaria de la asamblea de accionistas o junta de socios  ¿Cuál es su propósito? Aquí los socios deberán analizar la documentación requerida, tomar decisiones sobre el futuro de la compañía, entre otros. A esta reunión suelen llevarse varios documentos ya preparados, entre ellos:  Los estados financieros de la sociedad, certificados por el revisor fiscal o contador público (dependiendo de cuál sea aplicable) y el dictamen que este genere. El informe de gestión por parte del representante legal. El proyecto de distribución de utilidades (si hay lugar a esto). Recuerda que es muy importante que se lleve a cabo esta reunión, se elabore el acta de la misma y se hagan los trámites correspondientes. Si no se hace de manera adecuada, se exponen a riesgos como sanciones a los administradores o que se convoque una reunión extraordinaria que puede llevar a problemas mayores. Reunión ordinaria de la asamblea de accionistas o junta de socios También debemos recordar que es obligación de todas las sociedades renovar de manera anual su matrícula mercantil en la Cámara de Comercio en la que esté domiciliada la sociedad. La fecha límite para hacerlo de manera adecuada es hasta el último día de marzo. En caso de que esto no se cumpla, deberá tenerse en cuenta una serie de sanciones por pagos extemporáneos. Obligaciones tributarias en Colombia El ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2487 de diciembre 16 de 2022, mediante el cual fija los plazos para presentar las declaraciones tributarias de impuestos administrados por la Dian durante el año 2023. Impuesto sobre la renta En caso de que te clasifiques como responsable de pago del impuesto sobre la renta como sociedad, recuerda que el plazo para presentar la declaración de renta (para personas jurídicas no clasificadas como grandes contribuyentes) serán en abril y mayo (la fecha específica depende de tu NIT). Consulta aquí las fechas para personas jurídicas para este 2023 Impuesto al valor agregado IVA Si tu startup es responsable de declarar y pagar IVA te recordamos que esto debe hacerse de forma bimestral, y que los plazos para pagar lo retenido entre noviembre y diciembre es el mes de enero, la fecha específica dependiendo de tu NIT. Puedes consultar las fechas, plazos según el tipo de contribuyente en este artículo de Portafolio. ¿Qué dicen los VC´s sobre el panorama startup para el 2023? Lee nuestro último artículo Obligaciones laborales Como startup, tus trabajadores son una parte esencial de tu negocio, así que recuerda estar al día con tus obligaciones como empleador, las cuales incluyen: Reconocer y pagar a más tardar el 14 de febrero las cesantías correspondientes al año 2022. Los intereses que causan las cesantías, que equivalen a 12% anual de las cesantías. Se deben pagar a más tardar el 31 de enero de 2023. Debes incrementar los salarios de las personas que estén contratadas por el salario mínimo al nuevo valor del año 2023 ($1.300.606 COP), así como el nuevo salario integral mínimo. Recuerda que si tienes trabajadores que devengan menos de 2 SMMLV, también tienen derecho a un auxilio de transporte. Recuerda que si tu empresa cuenta con más de 15 trabajadores debe estar en cumplimiento con la Cuota de aprendices SENA, o asumir el costo monetario de no hacerlo. Contrato laboral y contrato por prestación de servicios, cuál deberías escoger para tu startup. Averígualo aquí Recuerda que los conflictos laborales pueden ser muy dañinos para tu startup, así que procura tener estos requisitos en cuenta. Ahora, estas son solo algunas de las que se deben tener en cuenta, ya que existen muchas más obligaciones para empresas, pero que solo son aplicables cuando se cumplen ciertos criterios. La obligación de nombrar un revisor fiscal, la implementación de SAGRILAFT, la adopción de programas de transparencia y ética empresarial, entre otras, serán aplicables a ciertos tipos de empresas. ¡Si no estás seguro de si tu empresa tiene alguna de estas obligaciones o incluso una distinta, te invitamos a que agendes una cita con nosotros para que te ayudemos a empezar el 2023 sin ningún lío legal y te puedas concentrar en hacer crecer tu startup! Reservar mi cita ahora Recibe este boletín

Reforma tributaria y las startups

Coyuntural Reforma tributaria y las startups El proyecto de reforma tributaria presentada por el Gobierno Nacional, contiene normas que impactan directamente, tanto a los emprendimientos de base tech cuyo desarrollo está basado en una estrategia de crecimiento y de salida / exit (startups altamente escalables y con respaldo de capital de riesgo), como aquellos cuya naturaleza u objetivo no es la venta a mediano plazo de la misma sino el lucro mediante dividendos (emprendimientos más “tradicionales”). Veamos el impacto de la llamada reforma “anti startup”, dependiendo del tipo de emprendimiento y aterrizando los casos en emprendedores de carne y hueso: A. Venture backed startups: El artículo 20 del proyecto de reforma, prevé el impuesto al patrimonio para personas naturales que posean, a 1 de enero de cada año, un patrimonio líquido superior o igual a 72.000 UVT ($2.736.288.000). Aunque el impuesto al patrimonio ya existía, (para aquellos que poseían a 1 de enero de cada año un patrimonio líquido igual o superior a 5 mil millones de pesos), con el texto de reforma, se modifica, tanto la base gravable como la forma en que se valoran las acciones poseídas en una compañía, -anteriormente se tomaba el valor nominal (valor de adquisición)- y ahora, se propone el valor intrínseco (patrimonio líquido dividido en el número de acciones en circulación). Esta nueva forma de valoración busca que se refleje la realidad patrimonial de los accionistas de aquellas empresas consolidadas, es decir, la fuente de ingresos y de utilidades considerables que tienen en cuenta la capacidad contributiva, objetivo que no se lograba con la norma anterior. Sin embargo, en el ecosistema de los emprendimientos con respaldo de capital de riesgo, el tratamiento no puede ser el mismo que el de una empresa tradicional, pues desconocería las dinámicas globales de financiación de proyectos de base tecnológica en los que se inyectan altas sumas de dinero con miras a que una empresa consolide en 5-10 años, lo que en el pasado empresas tradicionales solo lograban en 40-50 años, para luego vender las acciones adquiridas y así, obtener el tan anhelado exit con un retorno (las compraron baratas y se venden 10-20 veces más caras). Las startups tienen modelos financieros de riesgo de capital, cuya finalidad no es distribuir dividendos, sino el crecimiento de la valoración de la empresa, es decir, que todos los ingresos y el capital que reciban son destinados a inversión en nómina, tecnología, mejoramiento del producto o del servicio, por lo tanto, el dinero que recibe como inversión no implica un aumento del patrimonio del emprendedor, quien de hecho se paga un salario aproximadamente 60% más bajo del que le pagarían como empleado. Veamos el caso de Sebastián, emprendedor del micronicho EnergyTech, quien creó una sociedad en Bogotá este año y recibió US$2M en una ronda pre-seed a cambio del 20% de equity. Sebastián tiene el 80% de las acciones y en la cuenta bancaria de la sociedad 8 mil millones de pesos. El valor de las acciones de Sebastián, de acuerdo con el texto de la reforma, es de 6.400 millones de pesos. Entonces, el impuesto al patrimonio se determinaría así: (Base Gravable en UVT menos 122.000 UVT) x 1,0% +250 UVT (168.403-122.000)*1%+250 = $27.136.120 Si quieres ver un ejemplo con la negociación de un descuento caso RAPPI, mira esta entrada de blog. Bajo este supuesto, Sebastián estaría pagando $27.136.120 en impuestos de su propio bolsillo desde el primer momento que recibe inversión sobre una valoración futura, así aún no este recibiendo ingresos por un exit. ¿El gobierno realmente quiere castigar a Sebastián por tener una idea tan potente que logra levantar US$2M, los cuales no lo van a hacer rico, sino que se van a destinar a operar el negocio? Ganancia ocasional La reforma tributaria pretende incrementar el impuesto de ganancia ocasional que actualmente se encuentra en una tarifa del 10% a un 15%. Veamos el caso de Mateo, emprendedor del sector fintech que hace remesas con criptoactivos, quien adquirió 30% de acciones sobre la startup en 2015 por un valor de COP$3.000.000 y que al cabo de 7 años de meterle la ficha, logra hacer exit porque un competidor compró sus acciones por COP$1.000´000.000. Según la regla de ajuste del Decreto 1846 de 2021, las acciones traídas a valor presente le costaron COP$3.810.000, entonces: (COP$1.000´000.000 – COP$3.810.000) * 15% = COP$149.428.500 En consecuencia, Mateo pagará COP$149.428.500 de impuestos de ganancia ocasional (por poseer las acciones por más de 2 años y ser un activo fijo) al haber logrado ese exit, que son 50% más caros que antes de la reforma. ¿El gobierno quiere desincentivar que el dinero producto de un arduo trabajo de varios años emprendiendo se traiga nuevamente a Colombia para seguir generando desarrollo invirtiendo en nuevas startups o donándolo a causas sociales? B. Emprendimientos más “tradicionales”: Eliminación del descuento del 50% del Impuesto de industria y comercio – ICA El artículo 115 del ETN contempla la posibilidad a elección del empresario de: i) tomar como descuento tributario el 50% del impuesto de industria y comercio (ICA) o ii) una deducción del 100% del ICA en el impuesto sobre la renta. El proyecto de reforma, elimina este beneficio y deja únicamente la posibilidad de tomarlo como una deducción del 100% en el impuesto sobre la renta. La diferencia radica en que el descuento se aplica directamente sobre el impuesto ya liquidado, mientras que la deducción hace parte de los rubros que se restan para así determinar el impuesto. El impacto dependerá de cada caso particular, pero por regla general es más benéfico un descuento del 50% que una deducción del 100% del impuesto de ICA. Esta modificación implicaría una mayor carga tributaria para los emprendimientos que están en negocios comerciales, industriales o de servicios, como el de Juan Camilo, emprendedor que se dedica a importar tenis Nike y venderlos por Instagram, quien ahora tendrá que pagar más impuesto de renta por este cambio. ¿Por qué el gobierno quiere darle más duro al emprendedor quien ya tiene que pagar… Seguir leyendo Reforma tributaria y las startups

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