¿Es verdad que ya no aplica la causal de pérdidas para cerrar tu startup?

En este blog aprenderás qué es la causal de disolución de pérdidas, cuáles son sus implicaciones legales y contables; además conocerás los cambio que establece la legislación frente a este tema.

Quizá hayas escuchado varias veces que en el mundo del emprendimiento es común ver que hay empresas en riesgo de cerrar por qué las pérdidas superan la mitad de su capital (esta es la famosa causal de disolución por pérdidas). Esto lleva a que se tengan que hacer maromas con los contadores o con los abogados para llevar a cabo un cabo un cabo juego de reclasificaciones de cuentas o capitalizaciones. 

 

En este blog te contamos porque esto es cosa del pasado y en que debes enfocarte ahora para evitar que tu empresa deba cerrar (o tener una herramienta que te permita legalmente cuando el negocio no va bien hacerlo y no quieres seguir con el).

Pero, primero lo primero: ¿Por qué ya no existe esta causal? ¿Algún sindicato o grupo de emprendedores activistas lo logró?

Realmente el origen de esto fue una iniciativa de proyecto de ley de INNpulsa que terminó siendo ley en el Congreso (Ley 2069 de 2020, también conocida como la “Ley de Emprendimiento”), donde se introdujeron varios cambios. Uno de ellos fue la creación de una causal de disolución en la que cualquier sociedad comercial que no cumpla con la hipótesis de negocio en marcha al cierre del ejercicio podría operaciones cerrar. 

 

Esta nueva causal deroga y reemplaza, por disposición expresa de la misma Ley de Emprendimiento, la regulación de la causal de disolución por pérdidas; en cristiano, ya la anterior causal de pérdidas pasa al olvido y ahora usaremos esta nueva causal en nuestros negocios (junto con otras que se definen en la ley y los estatutos de las empresas).

1. Implicaciones contables:

A nivel contable debemos reflejar tanto en el informe de gestión de la empresa, como en las notas a los financieros o revelaciones , el análisis de si la empresa tiene la capacidad de continuar con la operación, este criterio debe quedar reflejado desde los Estados Financieros del año 2020, establecido en el párrafo 3.8 del Estándar para Pymes.


La nota de negocio en marcha se debe hacer por lo mínimo al cierre de cada año contable, pero sí es una empresa en proceso de liquidación judicial, liquidación por adjudicación o intervención, debe evaluarse cada 4 meses.

La nota por lo mínimo o debería indicar:

  1. La continuidad de la empresa en la operación y si ha tenido afectaciones.
  2. Como esta la empresa en el año correspondiente.
  3. Si se tienen pérdidas, la manera en que se pueden solventar a futuro.
  4. Cuáles son los riesgos del negocio y cómo controlar su operación.
  5. La proyección de años siguientes para solventar las pérdidas o riesgos indicados.

2. Implicaciones Legales:

Entonces: ¿Cuándo ocurre la causal de disolución para la empresa que no cumpla con la hipótesis de negocio en marcha (la, “Nueva Causal”)?

 

¡Fácil! Según las NIIF la gerencia de la empresa debe determinar cada año la capacidad operativa de la empresa para continuar en funcionamiento, es decir, si cumple con la Nueva Causal tal como lo indicamos en el aparte de implicaciones contables. O sea la misma gerencia decide si se está en la causal o no.

¿Y cómo sabe la gerencia si se configura la Nueva Causal o no?

NO se configura la Nueva Causal cuando: en el histórico y el futuro proyectado a 1 año de la empresa se ve que esta es rentable y que tiene acceso a recursos financieros (de bancos o inversionistas).

Si  se configura la Nueva Causal cuando: en el histórico y el futuro proyectado a 1 año se muestra que no se cumplen las metas de rentabilidad, pagos deudas a terceros, entre otros.

OJO: Puedes estar en problemas y responder directamente con tu patrimonio por los daños causados, cuando al evaluar si se configura o no la Nueva Causal no cumples con esto: (i) convocar a los socios para tomar medidas que eviten el deterioro del patrimonio; y ii) dejar on-hold nuevas operaciones y llamar a la asamblea de accionistas para tomar decisiones sobre el cierre definitivo o medidas para evitar permanecer en la causal. 

Bonus Track: otros Cambios Que Trae La Nueva Ley

Menos vueltas para la creación de emprendimientos y tarifas diferenciadas:

  • Modificación de tarifas del INVIMA, con diferenciación para Pymes y excepción de pago para microempresas.
  • Ajuste en los rangos de tarifas del Impuesto Departamental de Registro.
    Sistema de contabilidad diferenciada para microempresas.
  • Ajuste e inclusión de nuevos criterios de desempate a favor de las Mipymes, las empresas lideradas por mujeres y las Sociedades BIC.
  • Implementación del sistema de información de actividades económicas informales.

Más facilidad para conseguir financiamiento para startups:

  • Inclusión financiera otorgando microcréditos.
  • Devolución de saldos a favor del IVA.

Nuestra recomendación  es que te asesores de un abogado y un contador para cumplir con estas nuevas obligaciones y en los casos en que decidas cerrar la empresa acudiendo a esta Nueva Causal. Si necesitas ayuda puedes escribirnos a camilo@phylo.co y diana.hernandez@rhcadvisers.co. 

Preguntas frecuentes - PQRS

¿Cómo puedo impulsar a mi startup si estoy teniendo problemas para sostenerla?

Es normal que muchos emprendedores atraviesen momentos de crisis y estancamiento con sus startups, ya sea por las distintas adversidades financieras, de logística, problemas internos, etc. Sin embargo, existen diferentes organismos y programas que se encargan de ayudar y acompañar a estos emprendimientos a resurgir y consolidar sus bases. 

 

Tanto las incubadoras como las aceleradoras son espacios ideales para impulsar a tu startup y enriquecer tus procesos. Si en algún momento te sientes en aprietos o que necesitas apoyo para tu negocio, inscríbete en alguno de estos programas y podrás ser admitido para comenzar tu proceso de crecimiento. 

Un agradecimiento especial a Diana Hernández por brindarnos sus conocimientos en la elaboración de este artículo. Puedes comunicarte con ella a tráves de su correo electrónico o en  https://rhcadvisers.co/

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